domingo, 18 de mayo de 2014

DECRETOS CONSERVACIONISTAS DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR


SIMÓN BOLÍVAR Y LA CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE


Después de la consolidación de la República, Simón Bolívar fijó su atención en todo lo referente al aspecto económico con proyección conservacionista; con este propósito logró numerosos decretos y leyes para canalizar lo hacendístico y castigar a quienes cayesen en delitos, y para garantizar la tranquilidad y sosiego de las familias en las nuevas naciones.

Para lograr estos fines, el 27 de enero de 1825, en Lima, creó la "Sociedad Económica Amantes del País" como instrumento eficaz para impulsar la prosperidad del Estado hacia todos los niveles, especialmente la riqueza nacional.


LA MINERÍA

Se despertó en Bolívar el interés por conocer de cerca las condiciones en que el gobierno monárquico había dejado el sector minero, y creo planes y políticas de rehabilitación de los pueblos; y así determinó el rescate de las minas para que volviesen a generar sus riquezas, a favor de los pueblos liberados. Para reforzar estas programaciones, creo el 1º de febrero de 1825 una "Dirección de Minas" en cada departamento, cuya actividad específica era vigilar y auspiciar el progreso de este importante rubro, básico para la riqueza nacional.

Ordenó, asimismo, por decreto del 2 de agosto del mismo año, que todas las minas que estaban, para el momento de la independencia, en una situación de total abandono pasaran a propiedad del Estado. Y determinó, además que los ciudadanos que hubiesen denunciado minas abandonadas previo el cumplimiento de todos los requisitos legales fuesen considerados como legítimos propietarios; ellos estarían amparados en su posesión por parte del Estado; y para ello lanzo los descubrimientos, títulos y deserción de minas con fecha 24 de octubre de 1829, expedido en Quito y cuya validez fe extensiva a toda la territorialidad de la República de Colombia.

A Venezuela se le conoce, en la actualidad, como un país con un inmenso potencial minero. Este rubro forma parte de la legislación constitucional.


LA GANADERÍA

No podía pasar por alto el Libertador, este importante rubro económico de las naciones. En los años de la independencia, el cuidado y atención a los rebaños ocupó parte de su tiempo, en virtud a que ellos eran elemento básico para la alimentación de las tropas.

Sobre este aspecto hubo muchos consejos y orientaciones, especialmente después de lograda la paz y fortalecida la América en la practica del sistema republicano. El 18 de diciembre de 1817 Simón Bolívar publicó Decreto en el cual se anunciaban los medios necesarios para lograr con éxito, la comercialización del ganado vacuno y caballar.

Este comercio era exclusivo del Estado, pero trajo muchos inconvenientes; para evitarlos se decretaron varias disposiciones que mejoraban este comercio, entre ellas se destacan:

1. La venta y extracción del ganado vacuno se declara libre y los propietarios y legítimos compradores pueden realizar esas actividades por cualquier puerto de la República.

2- Liberó de todo impuesto al negocio de venta del ganado mular, dentro del territorio de la República; declaro totalmente libre esa actividad dentro de las fronteras del país y dispuso que la venta al exterior a otros gobiernos, a extranjeros o comerciantes solo podían ser realizada por el gobierno a beneficio del Estado.


Pero la preocupación del Libertador, sobre el cuidado del ganado, no solamente ocupó la geografía de Colombia, sino que abarcó a los pueblos del sur. En efecto, en Perú y el altiplano, el ganado de mayor utilidad y más destacada versatilidad es la Llama, conocida también como vicuña. El Libertador presidente, que todo lo examinaba y en todo tomaba determinaciones, tomó la decisión de preservar la especie de estos inapreciables animales y, por decreto del 5 de julio de 1824, dictado en Cuzco, prohibió terminantemente el beneficio de tales animales, es decir su matanza. Por otro lado, a nadie le era permitido, ni aún con pretexto de caza, los que quisieran aprovecharse de la lana para la comercialización o cualquier otro beneficio; los infractores de este decreto pagarán 4 pesos por cada una de las vicuñas que matase aplicable al delator de la infracción.


LA AGRICULTURA

En Angostura, el 7 de noviembre de 1817, con fines justamente tendientes a aclarar las cuestiones jurídicas con el comercio y la agricultura, creo el Consulado: organismo que tenía la responsabilidad de fomentar el comercio y la actividad agrícola. Y luego en mayo de 1820 creo las Juntas Provinciales de Agricultura y Comercio, con lo que se buscaba acelerar el desarrollo industrial de la nación.

Su propósito era que la agricultura, el comercio y la industria fuesen promovidos, y salieran del estado de languidez e inacción y la barbarie en que la habían dejado los antiguos tiranos. Asimismo paralizó por 10 años, el llamado diezmo, 10%, sobre el café y el cacao.

Su preocupación por agilizar y robustecer estas actividades le llevo en 1825 a crear el Banco de Comercio y en la misma oportunidad ordeno la derogación de millón de pesos para fomentar la agricultura. Facilito, con tal fin, los créditos agrícolas. En 1961 se promulga en Venezuela, la Ley de Reforma Agraria, para defender al campesino de los supuestos abusos y despojos de los latifundistas y terratenientes. Esta ley no fue mala en sus propósitos pero si en sus resultados. En el año 2001 se promulga la Ley de Tierras y Desarrollo Agrícola, esta ley afecta la propiedad privada, pero intenta poner orden en los problemas fundamentales de la política agraria, como lo son, por ejemplo, la tenencia de la tierra y el desarrollo rural.


LA INDUSTRIA


Un líder como Simón Bolívar, estableció los mecanismos necesarios para lograr el avance mediante el ejercicio de la industrialización. Publicó un decreto para proteger la riqueza forestal, el 31 de julio de 1829 en Guayaquil, teniendo como norte la industrialización de la madera y de los recursos forestales. En este decreto se enfatizó la necesidad de controlar la madera y los vegetales de naturaleza medicinal especialmente la Quina; y dispuso que las facultades de Medicina de las Universidades de Caracas, Bogotá y Quito estudiaran las formas para un máximo aprovechamiento de esas sustancias medicinales, con interés de procesar los medicamentos necesarios extraídos de ellas.

La visión generalizada que tuvo el Libertador sobre una patria grande y poderosa, le llevo a establecer numerosos mecanismos legales en la búsqueda de tales objetivos.


LAS AGUAS

Como conservacionista íntegro, el Libertador no podía menos de preocuparse por el mantenimiento constante de las fuentes de agua, valiosos recursos naturales que siempre han sido la base del desarrollo de los pueblos.

Esta preocupación se explica y se amplía, para toda la tierra Bolivariana, en el decreto que promulgó en Chuquisaca el 19 de diciembre de 1825. Su lectura basta para que nos ilustremos plenamente, acerca de las políticas y programaciones para la conservar esos vitales recursos en toda la extensión Americana.

Muchas personas, por ignorancia, por comodidad o por otras razones, se ha dado la tarea de quemar bosques, pastos y talar montes. El resultado fue que los nacientes de agua se extinguieron, los ríos se secaron, la vegetación se agotó y las lluvias se alejaron, trayendo un panorama de desolación y sequía que se tradujo en poca productividad en los campos.


Ideas Conservacionistas de Bolívar: 

1. Preservación de monumentos que son testimonios de la cultura precolombina en América. 

2. Las que abarcan las aguas, las tierras y las plantas, en lo que respecta a la naturaleza pura, que se presenta a la contemplación del hombre desde que éste adviene al mundo. 

3. La protección de la fauna como fuente de alimento para el hombre, de vestido para cubrir su desnudez y como medio de transporte. 

4. Aprovechamiento racional de los bosques, de los suelos y las aguas, que constituyen el fundamento de la riqueza de una nación y conservan la calidad de vida de sus habitantes. La pureza de las aguas, la fertilidad de los suelos y la abundancia de los árboles de un país, son fuentes de bienestar y prosperidad. 

5. La creación de una infraestructura vial para facilitar el acceso de productos del campo a la gran masa consumidora. 

6. La protección que el Estado debe dar a las minas para que explotadas en forma racional permitan el desarrollo de otras fuentes de riqueza, y que la depredación del patrimonio nacional en un lugar sea compensada con la prosperidad de otra área de riqueza inagotable. A la mina se le extrae constantemente y ésta no se reproduce, pero las materias primas de la agricultura se pueden reproducir al infinito y mejorar la producción y prosperidad.

Principales decretos del Libertador: 

1. A fin fomentar el desarrollo económico, el Libertador decreta, en Rosario de Cúcuta, la creación de Juntas Provisionales de Agricultura y Comercio. Rosario de Cúcuta, 21 de mayo de 1820. 


2. Creación de una Dirección de Minería en cada departamento. Lima, 1 de febrero de 1825. 


3. Resolución sobre repartición de tierras a la comunidad. Cuzco, 4 de julio de 1825. 


4. Resolución a favor del aumento de vicuñas en el Perú. Cuzco, 5 de julio de 1825. 


5. Contribución del Estado para reducir a rebaño las vicuñas del Perú. Cuzco, 5 de julio de 1825. 


6. Resolución para que las minas abandonadas pasen a manos del gobierno. Pucará, 2 de agosto de 1825. 


7. Repartimientos de tierras en Santa Cruz. Chuquisaca, 19 de diciembre 1825.


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